Paralización temporal del procedimiento de contratación por causas justificadas: recurso especial, revisión de oficio, necesidad de ampliar plazo de recepción de ofertas, o imposibilidad material de continuar. La Administración debe motivar la suspensión y notificarla a todos los interesados. Se diferencia del desistimiento en que la suspensión es temporal y no definitiva.
Términos relacionados
Área de Intervención
Ámbito territorial o sectorial del contrato.
Auditoría del Contrato
Revisión formal del cumplimiento contractual.
Cláusula de Penalización
Penalidad económica por incumplimiento del contratista.
Cláusula de Rescisión
Condiciones para resolver el contrato antes de su fin.
Conciliación de Controversias
Resolución amistosa de conflictos contractuales.