Sí, los contratos menores pueden utilizarse para acreditar solvencia técnica siempre que se pueda demostrar su correcta ejecución. Sin embargo, su menor cuantía puede no ser suficiente para alcanzar los umbrales económicos exigidos. Se recomienda complementarlos con otros contratos de mayor entidad. La LCSP no distingue entre contratos menores y mayores a efectos de experiencia, solo exige que estén debidamente acreditados.
Términos relacionados
Bienes No Fungibles
Productos únicos que no pueden sustituirse entre sí.
Capacidad Técnica y Profesional
Aptitud del licitador para ejecutar la prestación.
Clasificación Empresarial
Acreditación oficial de solvencia para contratos públicos.
Industria sin Fines de Lucro en Licitaciones
Participación de entidades no lucrativas en contratación pública.
Solvencia Económica y Financiera
Capacidad financiera para ejecutar el contrato.